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Cursos y Formación

Formación Bonificada

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SISTEMA DE FORMACIÓN BONIFICADA

 
1       EN QUÉ CONSISTE EL NUEVO MODELO DE FORMACIÓN
 
Con este modelo de Formación Continua cada empresa dispone de un crédito para la formación, este crédito se calcula en base a su tamaño y de las cotizaciones por FP en el ejercicio anterior.
 
Las empresas, una vez terminada la formación, se bonifican los costes facturados por la entidad organizadora. El límite de la bonificación está marcado, entre otras cosas, por el crédito disponible para el ejercicio en curso.
 
Pueden participar todos aquellos trabajadores asalariados, no los autónomos.
 
2       MODALIDADES FORMATIVAS
  •   Presencial
  •  A distancia
  • Teleformación
  •  Mixtos (parte presencial y parte a distancia/teleformación)
 
3 COSTES DE FORMACIÓN
 
A las empresas, en función de su tamaño, se les exige un mínimo de aportación privada que podría resultar también bonificable si la formación se realiza (toda o parte) dentro del horario laboral de los alumnos.
 
4. DATOS NECESARIOS PARA OBTENER LA CUANTÍA DEL CRÉDITO
 

EMPRESA
CIF
PLANTILLA MEDIA AÑO ANTERIOR
CUOTA POR F.P. AÑO ANTERIOR

 
 
 
5. FASES DE LAS GESTIÓN DEL CRÉDITO
 
1. Firma o adhesión al Convenio de Agrupación y Comunicación a la RLT (Representación Legal de los Trabajadores).
2. Comunicación de inicio de grupos
3. Comunicación de finalización de grupos
4. Aplicación de las bonificaciones
 
5.1. FIRMA O ADHESIÓN AL CONVENIO DE AGRUPACIÓN
Cuando una empresa desea bonificarse de su crédito para formación continua a través de una entidad organizadora, debe firmar un convenio de Agrupación, donde se designa a la Fundación Laboral de la Construcción como entidad organizadora de su formación. (COA1)
 
A partir de ese momento, y siempre que la empresa quiera que la Fundación le organice e imparta un curso, la empresa debe rellenar el documento COA2 con todos sus anexos, donde especifica tanto los datos de la empresa como los de todos sus centros de trabajo, además de los datos de identificación de los alumnos que participarán en el curso, de los que inicialmente sólo se necesitan sus datos de NIF, NISS, nombre y apellidos, centro de trabajo al que pertenece y si es colectivo prioritario según el F.S.E. (Fondo Social Europeo).
 
Toda empresa que pretenda recibir formación a través del sistema de bonificaciones, debe informar a la Representación Legal de los trabajadores de sus centros de trabajo, los siguientes puntos:
 
  • Denominación, descripción y objetivos de las acciones formativas
  •  Colectivos destinatarios y número de participantes
  • Calendario previsto de ejecución
  •  Medios pedagógicos
  • Criterios de selección de los participantes
  •  Lugar previsto de impartición
  • Balance de las acciones formativas del ejercicio precedente
 
La RLT dispondrá de 15 días para emitir un informe.
 
A partir de dicho plazo de 15 días desde la información a la RLT, y siempre que no exista informe desfavorable de la RLT, se estará en disposición de realizar la primera comunicación a la Fundación Tripartita para el Empleo (FTFE) para el comienzo de un curso.
 
5.2. COMUNICACIÓN DE INICIO DE GRUPOS
Esa primera comunicación a la FTFE deberá realizarse, al menos, con 20 días laborables antes de la fecha de comienzo del curso.
 
Para dar de alta un curso en el programa de la FTFE, es imprescindible cumplimentar en su totalidad el impreso COA 2 y sus anexos (de participantes, de empresa y de centros de trabajo).
 
Además de toda esta documentación exigible a las empresas, por cada curso que se vaya a impartir, hay que cumplimentar la ficha de Acción Formativa, y la Ficha de Datos del curso.
 
5.2.1. COMUNICACIÓN DE INCIDENCIAS Y MODIFICACIONES
Con una semana de antelación a la fecha de inicio del curso se podrán realizar las modificaciones siguientes:
 
  • Anular participantes en el grupo asignado
  • Cambiar la lista de alumnos en “Reserva”
  • Modificar los datos de participantes
  • Incorporar participantes a grupos ya asignados
 
Para cambio de fechas, lugares y horarios, se permitirán modificaciones siempre que al menos se realicen 7 días laborables antes de la fecha de comienzo del curso inicialmente prevista.
 
5.3. FINALIZACIÓN DE GRUPOS
A efectos de poder comunicar a la FTFE la finalización de un grupo, se solicita la información de 4 conceptos diferentes:
  • Datos formativos  
  • Datos identificativos  
  • Datos de participantes  
  • Costes
 Se entiende por alumno finalizado a aquel que ha asistido al menos al 75% de las horas impartidas.
 
Además se debe comunicar a la FTFE el dato de los costes salariales de los trabajadores formados durante el horario de trabajo, el mes en que cada empresa va a aplicarse la bonificación y el importe de la misma.
 
Las bonificaciones de las empresas estarán soportadas en facturas, anotadas en su contabilidad.
FACTURACIÓN Y CONTABILIZACIÓN DE FACTURAS A EMITIR A EMPRESAS QUE APORTAN PARTICIPANTES.
Como parte de la gestión realizada como entidad organizadora de cursos, la Fundación Laboral de la Construcción tiene la obligación de emitir las facturas, tanto por la impartición como por la organización de los cursos, a todas las empresas que participan en un curso aportando alumnos.
 
5.4. APLICACIÓN DE LAS BONIFICACIONES Y CONCILIACIÓN DEL CRÉDITO
Las condiciones que ha de cumplir una empresa para aplicarse las bonificaciones son:
  • El límite es el crédito anual de la empresa en función de su tamaño.  
  • Haber informado a la RLT o a los trabajadores participantes en caso de que ésta no exista.  
  • Haber comunicado en los plazos establecidos el inicio de los grupos a la FTFE. (lo hace la FLC)  
  • Haber realizado la formación. (responsabilidad compartida entre la FLC y la empresa)  
  • Haber comunicado a la FTFE la finalización de los grupos y participantes. (lo hace la FLC)
 Las bonificaciones se podrán aplicar a partir del boletín de cotización correspondiente a la finalización del grupo o en el boletín del mes de diciembre.
 
Además de lo expuesto anteriormente, son obligaciones de las empresas que se aplican las bonificaciones:
  • Identificar en cuentas separadas todos los gastos de ejecución de las acciones formativas y las bonificaciones que se apliquen.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control a realizar por los órganos competentes.
  • No cobrar cantidades en concepto de formación a los participantes en las acciones formativas.
  • No simular la contratación laboral con la finalidad de que los trabajadores participen en las acciones bonificadas.
  • Hallarse al corriente de pago en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en la fecha de aplicación de las bonificaciones.
 
El INEM, con el apoyo de la FTFE realizará actuaciones de seguimiento y control, tanto durante la realización de la formación como una vez finalizada ésta.
 
PREGUNTAS FRECUENTES
 
1. ¿Existe la obligatoriedad de comunicar a la RLT de la empresa el Plan de formación previsto a través del sistema de bonificaciones?
Sí, es requisito imprescindible para poder acceder a la bonificación correspondiente.
 
2. ¿Qué ocurre si una empresa no dispone de RLT?
La comunicación de las acciones formativas previstas se ha de realizar entonces a los trabajadores participantes.
 
3. ¿Es obligatorio tener la respuesta a la comunicación realizada a la RLT?
No, sólo es obligatorio dar un plazo de 15 días a la RLT para que emita un informe al respecto, que puede ser favorable o desfavorable.
 
4. ¿Cómo se calcula el crédito de una empresa?
La cuantía del crédito para cada empresa resulta de aplicar, a la cantidad ingresada por la empresa en concepto de formación profesional dentro de los Seguros Sociales durante el ejercicio anterior el porcentaje de bonificación que se establezca en la Ley anual de Presupuestos Generales del Estado en función del tamaño de las empresas.
 
Para 2009, el crédito anual para Formación continua será igual a la cuantía ingresada en 2008 por Formación Profesional multiplicado por los porcentajes siguientes:
 

TAMAÑO DE LA EMPRESA
% BONIFICACIÓN
Empresas de 1 a 5 trabajadores
420€/empresa
De 6 a 9 trabajadores
100%
De 10 a 49 trabajadores
75%
De 50 a 249 trabajadores
60%
De más de 250 trabajadores
50%

 

SIMULADOR DE CRÉDITO

       
 
 

MAS INFORMACIÓN: MARTA LOPEZ ALONSO

infor@lariojaconstruccion.com
Avda. Mendavia, 34 A - 26009 Logroño - La Rioja |
Tel: 941 209 500 - Fax: 941 210 012

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